Home › Forums › DEBATE: SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL EN COLOMBIA. › Fascículo 2 Pregunta 2: Institucionalidad y coordinación.
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2020-08-03 at 4:39 pm #26564Remember Youth FundKeymaster
Sobre la institucionalidad del SRPA y los problemas prácticos de su coordinación expuestos en el documento, ¿considera que este expone adecuadamente los retos y necesidades actuales en la materia? ¿Le parece que hace falta complementar o corregir algunos puntos? Por favor desarrolle su respuesta.
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2020-08-04 at 3:01 pm #26567Remember Youth FundKeymaster
De acuerdo a los principios sobre los que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, por medio del Código de la Infancia y la Adolescencia, sienta sus bases, resulta adecuada la apreciación que sobre el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos -PARD- se expone.
Resulta necesario llevar a cabo una verificación del estado de cumplimiento de los derechos fundamentales del adolescente en el sistema de responsabilidad penal, tarea que, según la Ley 1098, está a cargo de la Defensoría de familia, como autoridad competente para adelantar el proceso administrativo de restablecimiento de derechos.
Sin embargo, también es mandatorio hacer énfasis en el principio de corresponsabilidad, expuesto en el artículo noveno del Código de la Infancia y la Adolescencia, resaltando el correcto ejercicio intersistemico que caracteriza a la Justicia Juvenil en Colombia, pues no podría entenderse la ejecución adecuada del PARD sin la participación activa de agentes Estatales como aquellos que representan los sectores de la salud y la educación, considerados estos como derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes, a la luz de la Conveción Sobre los Derechos del Niño.
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2020-08-11 at 12:25 pm #26591Remember Youth FundKeymaster
Muchas gracias a Ana María por su aporte.
Como menciona, el PARD es un componente central dentro del SRPA, pues materializa el protección integral de los adolescentes. Los dos elementos que recomienda serán tenidos en cuenta: la verificación de derechos que realiza el defensor de familia y la del principio de corresponsabilidad dentro del PARD.
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