Home › Foros › DEBATE: SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL EN COLOMBIA. › Afectación a las garantías fundamentales de los adolescentes.
- Este debate tiene 2 respuestas, 3 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 3 años, 10 meses por Remember Youth Fund.
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2021-02-12 a las 3:50 pm #26989Remember Youth FundSuperadministrador
La pregunta que surge en este debate es si en este momento es si entre los actores estatales que participan en el procedimiento penal y la carga laboral, existe una falta de especialidad y dedicación exclusiva de algunos funcionarios que intervienen en las fases del procedimiento penal de menores.
La respuesta a esta pregunta es definitivamente si. Los actores estatales y los funcionarios públicos que se encargan de recibir estos procesos que incluyen menores de edad, deben tener en cuenta que juzgar al menor implica un seguimiento y un estudio del proceso penal, diferente a una persona que ya cumplió la mayoría de edad.
Se debe tener en cuenta que existe un código de infancia y adolescencia, unos tratados internacionales suscritos y ratificados por Colombia, en donde se debe garantizar y proteger los derechos del niño en un proceso penal, independientemente de su actuación.
En este momento, a muchos funcionarios o actores que hacen parte del proceso penal, se les olvida o no están capacitados lo suficiente para tratar menores de edad con las leyes que se los advierten. No son informados o instruidos muchas veces en sus derechos y en las posibilidades que brinda la justicia colombiana e internacional, de poder garantizar sus derechos en un estándar mas alto que una persona mayor de edad.
Que no existan fiscales especializados, y funcionarios en etapa penal que no conozcan las garantías especiales que cobijan a los menores de edad, y que no exista una defensoría pública preparada para garantizar la conveniencia para un menor de edad en un proceso penal es un vacío muy grave en este país. No solo porque no estamos garantizando los derechos fundamentales del menor, sino porque estamos dando la espalda a principios tan importantes como la presunción de inocencia y el derecho a tener un juicio justo, bajo la aplicación de las leyes de la república.
Hay que recordar en este punto que el fin de la pena, es la resocialización del reo. En este punto, cuando desde el inicio de un proceso penal, hay falta de garantías y se vulneran derechos, se está yendo en contra de esta finalidad. La resocialización de un menor de edad, es prioridad para las personas que llevan un proceso de este talante en sus manos, y no pueden obviarse o ignorarse las particularidades que dispone la legislación para los menores de edad sometidos a un proceso penal.
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2021-02-12 a las 5:21 pm #26991Remember Youth FundSuperadministrador
Es muy difícil exigir calidad en una labor cuando no se aseguran las condiciones para que pueda ser desarrollada. Es contra lógica, entonces, exigir de funcionarios públicos que impulsen los procesos de menores a su cargo siendo que solo pueden dedicar menos de 20 minutos de su jornada laboral para ello. Así, los fines del sistema se desdibujan por no cumplir con las garantías que deberian gozar todos los menores por el mero hecho de ser sujetos procesales.
En consecuencia, la problemática identificada en el texto es de lejos valiosa por evidenciar que es el estado, materializado en la fiscalia, quien incumple con los deberes y funciones otorgadas constitucionalmente. De tal forma, es una obligación del Estado asegurar el restablecimiento de las condiciones, no solo mínimas, sino optimas para que los funcionarios y los abogados de las fiscalías a nivel territorial y nacional puedan dedicar el tiempo que sea necesario para llevar, acompañar y finiquitar los casos asignados a este.
No en vano, los menores de edad gozan de protección constitucional especial, por lo que el ejercicio de su defensa debe ir en línea con dichos preceptos.
En ese orden de ideas, resulta primordial realizar alta gestión interna para aprovechar al máximo los recursos recibidos en orden a prestar el mejor servicio posible, y con ello, esclarecer específicamente las herramientas humanas y financieras necesarias para que la institución, y sus las fiscalías seccionales, las más perjudicadas, soliciten el apoyo apropiado para ejecutar sus funciones.
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2021-02-21 a las 8:37 pm #27020Remember Youth FundSuperadministrador
Muchas gracias a ambos participantes por su intervención. Estamos de acuerdo en que se debe fortalecer las capacidades institucionales para atender, de manera especializada, a la población infantil en conflicto con la ley penal y que dicho fortalecimiento institucional, permitiría impactar positivamente el sistema judicial para adolescentes en Colombia.
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